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Cómo solicitar el hijo a cargo online
El hijo a cargo es una prestación económica que se concede a las personas que tienen hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad a su cargo. El importe de la prestación depende de los ingresos y de la situación familiar del solicitante.
Para solicitar el hijo a cargo online, se necesita disponer de un certificado digital, el DNI electrónico o el sistema Cl@ve. Estos sistemas permiten identificarse de forma segura en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Los pasos a seguir son los siguientes:
Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seleccionar el servicio "Prestaciones e informes" y luego "Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo".
Seleccionar la opción "Solicitar prestación" y rellenar el formulario con los datos personales y familiares del solicitante y del hijo o menor a cargo.
Adjuntar la documentación requerida, como el libro de familia, el certificado de discapacidad o el documento de acogimiento.
Enviar la solicitud y obtener el justificante de registro.
La Seguridad Social resolverá la solicitud en un plazo máximo de 45 dÃas y notificará la resolución al solicitante por correo electrónico o por correo postal.
Si se tiene alguna duda o consulta sobre el proceso, se puede contactar con el teléfono de información de la Seguridad Social (901 16 65 65) o con el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más cercano.
El hijo a cargo es una prestación que se puede solicitar en cualquier momento del año, siempre que se cumplan los requisitos. No obstante, la prestación se abona en dos pagos anuales: uno en enero y otro en julio. El importe de cada pago se calcula en función de los ingresos y de la situación familiar del solicitante en el año anterior.
Para mantener el derecho a la prestación, el solicitante debe comunicar a la Seguridad Social cualquier cambio que afecte a sus datos personales o familiares, como el cambio de domicilio, el matrimonio, el divorcio, el nacimiento o la adopción de un hijo, la modificación de la discapacidad o el fallecimiento del hijo o menor a cargo.
La prestación se extingue cuando el hijo o menor a cargo cumple 18 años, salvo que tenga una discapacidad igual o superior al 65%. En ese caso, la prestación se mantiene mientras persista la discapacidad y no se realice una actividad laboral que supere el lÃmite de ingresos establecido. También se extingue la prestación cuando el hijo o menor a cargo deja de estar bajo la responsabilidad del solicitante por cualquier motivo.
La prestación por hijo a cargo es compatible con otras prestaciones de la Seguridad Social, como las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o favor de familiares. También es compatible con las ayudas por nacimiento o adopción de hijo, las deducciones por maternidad o por familia numerosa y las becas de estudio. Sin embargo, no es compatible con el ingreso mÃnimo vital ni con otras prestaciones similares de las comunidades autónomas. 51271b25bf